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Llevará a todos los Grupos parlamentarios sus propuestas durante el proceso de tramitación que ahora se inicia en el Congreso.
Cáritas saluda la aprobación, en el Consejo de Ministro del pasado 1 de febrero, de la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda por parte del Congreso y el Senado, en especial al destacar en su exposición de motivos la prioridad y urgencia de las personas vulneradas en este Derecho para las políticas públicas de vivienda.
Se trata de una noticia largamente esperada, aunque la complejidad que ha supuesto llegar a un texto consensuado y la diversidad y polarización que existen sobre este tema a nivel estatal y autonómico, auguran unos próximos meses de intenso trabajo legislativo, donde Cáritas llevará a todos los Grupos sus propuestas sobre un tema decisivo en la lucha contra la desigualdad social.
Como señala Sonia Olea Ferreras, experta de Cáritas en vivienda, “recibimos con esperanza la incorporación en la primera normativa de rango estatal el desarrollo de la función social de la vivienda y del derecho humano a una vivienda digna y adecuada”. Como tal, nadie debe ni puede quedar fuera, especialmente las personas y las familias más vulneradas.
Propuestas de Cáritas para la futura norma
En la tramitación del Proyecto de Ley Estatal por el Derecho a la vivienda y dentro de su labor de incidencia política ante todos los grupos parlamentarios, las propuestas de Cáritas pondrán el foco en cinco ámbitos de articulado y desarrollo legislativo:
1. El logro de un desarrollo fundamentado del contenido de este derecho humano, en cumplimiento del mandato constitucional de la función social de la vivienda. La actual tramitación de ley es la oportunidad de alcanzar ese objetivo y de quedar como referencia a nivel autonómico y local, así como en otros espacios estatales de posible influencia y coordinación (planes estatales de vivienda, estrategia de personas sin hogar, estrategia de barrios vulnerables y asentamientos, etc.).
2. En referencia a la vivienda social, celebramos la inclusión de la misma entendida también como una necesidad de emergencia, tal y como se desprende al establecerse protocolos y ayudas de emergencia municipal y regional, destacando e incidiendo en aquellas personas que se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad. Hace falta, sin embargo, seguir exigiendo una respuesta inmediata a la situación habitacional que sufren miles de personas en la actualidad –nos referimos a quienes se encuentran en una situación administrativa irregular o no cumplen requisitos administrativos documentales— y que la ley sigue sin contemplar.
3. En tercer lugar, entendemos que una norma que regula aspectos relativos al derecho a acceder a una vivienda adecuada debe hacer referencia expresa al derecho a que esa vivienda tenga garantizado el acceso a los suministros básicos (como así lo establece la Observación General número 4 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas (DESC). En este sentido, debe garantizarse, como se ha venido haciendo con medidas excepcionales durante la pandemia que vivimos, el acceso a los suministros de electricidad, agua, gas e internet, en condiciones de seguridad, regulándose la prohibición del corte de dichos suministros por impago a aquellas personas y familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
4. En referencia al parque público de vivienda y la coordinación entre la normativa proyectada y los Planes Estatales de Vivienda, consideramos que para lograr la propuesta de Cáritas de que se proceda a la recuperación y promoción de vivienda de protección oficial de titularidad pública permanente y siempre de alquiler (considerándola como equipamiento público y para ello, reservando importantes porcentajes de suelo con uso dotacional), la futura ley, junto con la inclusión en estos parques de vivienda de escalas suficientes de vivienda social para personas y familias vulnerables (sin ingresos estables o con ingresos inferiores al mínimo establecido), debe profundizar más en el desarrollo de herramientas jurídicas de protección de la titularidad pública de forma permanente.
5. En referencia a los desalojos forzosos sin alojamiento alternativo, Cáritas valora positivamente que se haya incluido el juicio de proporcionalidad a la hora de valorar la conveniencia de conceder el aplazamiento del lanzamiento y que a este trámite se le haya dado una regulación detallada, de la que carece actualmente. No obstante, es algo que resulta insuficiente, pues sigue sin incluir las medidas previstas en la Observación número 7 del Comité DESC y no impide que se pueda desalojar a personas vulnerables sin alojamiento alternativo. En ese sentido, se deja a dichas personas aún más expuestas que las propias medidas especiales que se aprobaron durante la pandemia, pues estas últimas abarcan más procedimientos judiciales y operan, casi de manera automática y durante más tiempo, tras constatar la vulnerabilidad mediante informe de Servicios Sociales.
Acoge parcialmente el concepto de sinhogarismo
Por último, saludamos también la novedad del proyecto de ley acogiendo la propuesta de la sociedad civil, del Comité Europeo de las Regiones y de la Conferencia de Consenso Europeo sobre las Personas sin Hogar al incluir parcialmente el concepto de sinhogarismo en las definiciones que sustentarán las futuras políticas públicas. Con la certeza de que en los próximos meses se adecuará en la norma a todas y cada una de las realidades de no acceso a una vivienda digna y adecuada, y no solo a algunas de ellas; como así dictaminan las instancias europeas referidas y venimos demandando desde hace años desde nuestra entidad, y plataformas y redes estatales y autonómicas.
Apostamos para que, en un futuro próximo, las personas y familias sin hogar acompañadas por Cáritas (que viven en la calle, en asentamientos urbanos y rurales, en barrios vulnerables e infraviviendas, en chabolas de plástico y palés de madera, a punto de ser desahuciadas de sus hogares, o acogidas en recursos residenciales) puedan tener acceso, disfrutar y ver garantizado su derecho humano a una vivienda adecuada.
Como el Papa Francisco recordaba el pasado mes de septiembre ante la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, “si todos los seres humanos nacen en esta tierra con la misma dignidad […], entonces como comunidad estamos obligados a garantizar que cada persona viva con dignidad y tenga las oportunidades adecuadas para su desarrollo integral”.